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Editorial 852
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las plataformas de pagos provisionales o definitivos y de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). La primera de ellas va dirigida a las personas fÃsicas que tributan en los regÃmenes de actividades empresariales y profesionales, asà como de arrendamiento, quienes pueden acceder a la nueva plataforma para la presentación de sus pagos provisionales o definitivos del impuesto sobre la renta (ISR) y del impuesto al valor agregado (IVA) a partir del ejercicio 2025; esta plataforma incluye la precarga de la siguiente información: a) comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI); b) CFDI de nómina; c) remanentes de pérdidas de ejercicios fiscales anteriores, y d) la información de pagos provisionales de meses anteriores del ejercicio fiscal que se declara. En el caso de la segunda, va dirigida a personas fÃsicas y morales que se encuentran obligadas a presentar la DIOT, en la que reportan sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores; esta plataforma facilita a los contribuyentes el cumplimiento de su obligación fiscal con los siguientes beneficios: a) carga batch; b) carga manual; c) es posible enviar más de 40 mil registros, y) d) obtiene el acuse de recibo como constancia de su presentación.El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las plataformas de pagos provisionales o definitivos y de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). La primera de ellas va dirigida a las personas fÃsicas que tributan en los regÃmenes de actividades empresariales y profesionales, asà como de arrendamiento, quienes pueden acceder a la nueva plataforma para la presentación de sus pagos provisionales o definitivos del impuesto sobre la renta (ISR) y del impuesto al valor agregado (IVA) a partir del ejercicio 2025; esta plataforma incluye la precarga de la siguiente información: a) comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI); b) CFDI de nómina; c) remanentes de pérdidas de ejercicios fiscales anteriores, y d) la información de pagos provisionales de meses anteriores del ejercicio fiscal que se declara. En el caso de la segunda, va dirigida a personas fÃsicas y morales que se encuentran obligadas a presentar la DIOT, en la que reportan sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores; esta plataforma facilita a los contribuyentes el cumplimiento de su obligación fiscal con los siguientes beneficios: a) carga batch; b) carga manual; c) es posible enviar más de 40 mil registros, y) d) obtiene el acuse de recibo como constancia de su presentación.
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