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Editorial 844

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a partir de octubre simplificó los trámites del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la firma electrónica (e.firma), a saber: a) para el trámite de inscripción al RFC para personas físicas y morales ya no se requiere que el contribuyente realice la preinscripción en el Portal del SAT previo a su cita; b) para la inscripción en el RFC y la e.firma de personas físicas, sólo se requiere presentar la credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE) con domicilio visible y completo, y c) para la renovación de la e.firma de personas físicas que tenga menos de un año vencida, el trámite puede realizarse por los canales remotos, en caso de hacerlo en las oficinas del SAT, únicamente se debe presentar una memoria USB, al identificarse con la huella digital. Respecto al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): a) quedan exentos de presentar declaración anual y sólo tienen que presentar pagos mensuales; b) los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas, que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen, y c) las personas físicas que salieron del RESICO pueden volver a éste al presentar un caso de aclaración, o bien, un aviso de actualización de actividades ante el SAT. En materia de constancia de situación fiscal, se podrá obtener en las oficinas del SAT sólo con la huella digital o credencial para votar, y desde cualquier lugar mediante el Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual. Asimismo, se habilita la cédula de datos fiscales, una nueva forma para que los contribuyentes puedan consultar de manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal; al respecto, el pasado 11 de octubre fueron dadas a conocer las reglas aplicables a lo antes mencionado por medio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024.

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