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Informativa de inmuebles de uso habitacional
A partir de 2025, los propietarios de vivienda habitacional en la Ciudad de México deberán presentar una declaración informativa sobre su estatus ocupacional, derivado de la adición de un último párrafo al artÃculo 132 del Código Fiscal de la Ciudad de México, que señala: Los contribuyentes obligados al pago del impuesto predial de conformidad con el artÃculo 126 de este Código, deberán presentar una declaración informativa ante la SecretarÃa respecto del estado que guardan los inmuebles destinados a uso habitacional, cuya propiedad o posesión actualice el pago del referido gravamen, respecto a su ocupación. Dicha declaración informativa únicamente operará respecto de los inmuebles que, se ubiquen en los rangos L, M, N, O y P de la tarifa establecida en el artÃculo 130, fracción I del Código, de conformidad con las reglas de carácter general que emita la SecretarÃa. Esta reforma causó sorpresa e inconformidad en la Ciudad de México pues, en los medios de comunicación y ámbitos de especialistas se ha considerado como una medida contra la propiedad privada; no obstante, previo a realizar comentarios sobre ello, es importante entender el contexto en el cual se presenta este cambio.
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