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En estos dÃas nos encontramos presentando como cada año la declaración anual del ejercicio de 2016 para las personas fÃsicas, cuyo plazo vence el martes 2 de mayo y ya debÃamos tener la información completa de un ejercicio terminado, como es 2016, más aún con las herramientas de recopilación de datos informáticos con las que contamos este año, como son: 1. Los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) que sustituyen a las constancias de retención de impuestos que podemos descargar del repositorio de la página del Servicio de Administración Tributaria –SAT– (www.sat.gob.mx), para quien cuente con su contraseña o e.firma. 2. La información precargada en la nueva versión del Declarasat en lÃnea, que se usará para el envÃo de la declaración correspondiente al ejercicio 2016. Aun asÃ, todavÃa hay un estÃmulo fiscal que puede contratarse mientras no se hubiere presentado la declaración del ejercicio, con grandes beneficios fiscales al aplicarse como disminución de la base gravable igual que con las deducciones personales, que logran terminar con un saldo a favor que se devuelve al contribuyente.
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