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Las cuentas fiscales forman lo que podría denominarse el haber patrimonial para efectos fiscales, término que en ocasiones se utiliza como sinónimo de patrimonio, lo que parece incorrecto, en todo caso, sería sinónimo pero del patrimonio neto, por las razones que se exponen a continuación. El patrimonio es el conjunto de poderes y deberes de una persona, apreciables en dinero. Tiene dos elementos: el activo (conjunto de poderes o bienes y derechos) y el pasivo (deberes o cargas y obligaciones). Los bienes que integran el activo se traducen en derechos reales, personales o mixtos, y el pasivo, por deberes personales o cargas u obligaciones reales. El haber patrimonial es la diferencia entre los bienes y derechos, por un lado, y las obligaciones, por el otro. En materia contable, sería la diferencia entre el activo (bienes y derechos) y el pasivo (obligaciones), lo que sería equivalente al capital contable, el cual, según la Norma de Información Financiera (NIF) C-11 ''Capital contable'', párrafo 31:1 ''es el valor residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos. Por lo anterior, también se le denomina como activos netos''.

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