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ICSOE, aplicativo del IMSS para presentar informativas de contratos de servicios u obras especializadas

El pasado 23 de abril, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT); de la Ley del Seguro Social (LSS); de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (LINFONAVIT); del Código Fiscal de la Federación (CFF); de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR); de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA); de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE), Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LRCPEUM), en materia de Subcontratación Laboral. El objeto de esta reforma es prohibir la subcontratación de personal, es decir, la transferencia de trabajadores propios hacia otra empresa, y aparecer como patrones sin tener ninguna actividad productiva, y desde el 24 de abril, lo que se permite es la subcontratación de servicios u obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante, por lo que, aquellas empresas que desean prestar estos servicios especializados deben estar en un registro a cargo de la STPS, con previa acreditación de cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y fiscales por medio del aplicativo Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). Al respecto, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la verificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la LFT celebrará convenios de colaboración con la STPS, para el intercambio de información y la realización de acciones conjuntas de revisión, en su respectivo ámbito de competencia.

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