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Nuevamente existen inquietudes entre los contribuyentes, ya que la fiscalización en México se ha vuelto mediática; continuamente vemos, leemos u oímos de la que realiza o realizará el Servicio de Administración Tributaria (SAT); la verdad sea dicha, que son temas que ya existen en las leyes. Esto le funciona perfecto a la autoridad ya que los contribuyentes están atentos a las posibles revisiones o al ejercicio de las facultades de comprobación que pueda efectuar la autoridad. Recientemente hemos leído en varios medios sobre este tema y recibido consultas por parte de los contribuyentes con respecto al mismo y, obviamente, se muestran preocupados de que en algún momento no estén haciendo bien las cosas en materia de tributación, se les haya escapado algo o deban agregar alguna información en sus declaraciones. Los traspasos entre cuentas, por ejemplo, ya están considerados dentro de la discrepancia fiscal, en el artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), como lo veremos a continuación.

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