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Derivado de la reforma de subcontratación laboral publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 23 de abril de 2021,1 cuyo objetivo es prohibir la subcontratación de personal y regularla de manera acotada, se establecen, entre otras, reglas para efecto de que las personas físicas o morales únicamente contraten la prestación de servicios de carácter especializado o la ejecución de obras especializadas. En relación con el párrafo anterior, el 24 de mayo de 2021,2 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo”. Por ello, a continuación, se encontrará un breve resumen sobre el contenido de dicho Acuerdo relacionado con los servicios especializados.

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