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Ingresos por intereses en personas fÃsicas
El tema por estudiar en este artÃculo se centra en los ingresos por intereses que obtienen las personas fÃsicas, contemplado en el CapÃtulo VI del TÃtulo IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR); para ello, hay que considerar que los ingresos por intereses son un concepto que se encuentra presente en la mayorÃa de los contribuyentes, si no como actividad principal, sà como una actividad secundaria que acompaña otros ingresos que perciben las personas fÃsicas. No obstante, para un correcto tratamiento de este concepto no es suficiente el análisis del capÃtulo mencionado porque la regulación de los ingresos por intereses se encuentra en diversos apartados de la LISR, en algunos ordenamientos reglamentarios y en otros más que no necesariamente son fiscales; asà lo observamos, por ejemplo, en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) que se considera una ley presupuestal. Por tanto, su estudio se plantea interesante para poder determinar, de acuerdo con las circunstancias y condiciones de su obtención, en qué momento la persona fÃsica tiene obligación de declarar los ingresos por intereses. Con esa base, analizaremos el concepto de intereses para efectos de la LISR, las obligaciones que las sociedades integrantes y no integrantes del sistema financiero como sujetos obligados a retener el impuesto sobre la renta (ISR) deben observar en el pago de ingresos por intereses, las disposiciones contempladas en la LIF en relación con el tema de ingresos por intereses, las obligaciones de las personas fÃsicas que pagan o reciben este tipo de ingresos, asà como las disposiciones reglamentarias y transitorias que se vinculan con la obtención de los mismos por parte de dichas personas fÃsicas. Adicionalmente, se exponen un par de casos prácticos donde se determinarán los intereses reales para efectos de los ingresos por intereses de las personas fÃsicas.
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