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El pasado mes de enero, a través de su comunicado de diciembre de 2018, la ProcuradurÃa de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio a conocer que durante el último mes del año recién concluido, y a través de su servicio de Consulta, consideró que puede efectuarse la importación temporal que refiere el artÃculo 106, primer párrafo, fracción V, inciso c), de la Ley Aduanera vigente, a efecto de poder llevar la reparación y mantenimiento de barcos, embarcaciones y artefactos navales.
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