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El juicio contencioso administrativo en materia federal, tiene por objeto resolver controversias que se presenten entre la Administración Pública Federal y los gobernados. Dicho juicio es resuelto por el ahora Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), en términos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA). Desde su creación en 1937 y hasta la fecha, la denominación del tribunal ha sufrido varios cambios. En efecto, ha sido denominado Tribunal Fiscal de la Federación; Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y finalmente, Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Los cambios de denominación han atendido al abanico de materias en los que el tribunal ha tenido y tiene jurisdicción. El último cambio nos parece el más acertado pues el citado Tribunal no solo resuelve asuntos fiscales, sino cuestiones de esa naturaleza asà como materialmente administrativas. Pues bien, el pasado 27 de enero de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que reformó y adicionó diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Este decreto adicionó el CapÃtulo XII denominado ''Del Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo''.
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