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Alimentos con alto contenido calórico servidos en restaurantes no gravan IEPS
El dÃa 31 de octubre de 2013, el H. Congreso de la Unión concluyó en definitiva la aprobación de las reformas a la Ley del Impuesto Especial sobre Productos y Servicios (LIEPS), las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el dÃa 11 de noviembre de 2013.Como parte de las reformas a la LIEPS, se estableció un impuesto del 8% a los alimentos no básicos con alta densidad calórica.El motivo que sustenta este nuevo gravamen es que el problema de sobrepeso y obesidad en México se ha incrementado en los últimos años. Por tanto, es evidente que lo que se pretende es inhibir el consumo de este tipo de alimentos.Lo anterior toma relevancia para el sector restaurantero, toda vez que un gran número de estos comercios ofrecen a sus clientes alimentos de este tipo. En consecuencia, resulta importante definir el tratamiento fiscal aplicable a los contribuyentes que operan restaurantes en los cuales se ofrecen a los clientes alimentos con alto contenido calórico.
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