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El día 9 de enero de 2017, el Ejecutivo Federal y diversas organizaciones empresariales, sindicales y de productores del campo signaron el ''Acuerdo para el fortalecimiento económico y la protección de la economía familiar''. Este Acuerdo contiene diversas medidas y compromisos de las partes que lo conforman para hacer frente a ''la problemática derivada del incremento internacional de los precios de los combustibles y de una compleja coyuntura internacional y nacional''. Como parte de las medidas anunciadas en el citado Acuerdo, el 18 de enero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el ''Decreto que otorga diversas facilidades administrativas en materia del impuesto sobre la renta relativas a depósitos o inversiones que se reciban en México'' (el Decreto) cuyo objetivo primordial es ''fomentar la repatriación de capitales mantenidos en el extranjero''. Tal como ha ocurrido en decretos similares, en el que nos ocupa se facultó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a emitir las reglas de carácter general necesarias para su debida y correcta aplicación. A la fecha del presente documento las reglas respectivas aún no han sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación; sin embargo, ya se han dado a conocer en el portal del SAT, por lo que en apego a lo dispuesto por la regla 1.8 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2017, sus beneficios serán aplicables a partir de tal hecho. A continuación, se presentan los aspectos de mayor relevancia de este estímulo.

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