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Con la reforma energética los residentes extranjeros corren el riesgo de crear un establecimiento permanente en México

La apertura de México ante la inversión extranjera en la industria de petróleo y gas después de varias décadas de políticas proteccionistas, es un signo inequívoco de que nuestra nación tiene el suficiente potencial para enfrentar mayor competencia, en un gran número de sectores clave. Sin embargo, es importante que el liderazgo de México adopte las nuevas directrices de transparencia que clara y firmemente articulan un compromiso con la reforma y la transformación económica. La violencia relacionada con las drogas y la corrupción política está creando un clima de desconfianza de la sociedad. La implementación de reformas estructurales permitirá a las empresas extranjeras perforar en busca de petróleo en México, por primera vez desde 1938, revirtiendo enérgicamente años de retórica política nacionalista. Como resultado, se han anticipado inversiones extranjeras directas significativas en la transportación a través de oleoductos y el almacenaje de productos de petróleo. Esto también incluirá la expansión de las actividades de refinación y la capacidad de manufactura, además de la inversión en la exploración y extracción. Las reformas aprobadas en 2014 introducen tres nuevos tipos de contratos que harán más atractiva la inversión extranjera en el sector de energía. Estos tipos incluyen contratos de utilidades compartidas, que permiten a las empresas recibir una participación de las ganancias del desarrollo del petróleo y el gas natural; contratos o acuerdos de producción compartida, que permiten a las empresas ser propietarias de un porcentaje de los volúmenes de los recursos producidos; y licencias, que permiten que se pague a las empresas en la forma del petróleo y el gas que se extraen en cada proyecto. Los cambios en la producción y licencias permitirán de manera eficaz que las empresas extranjeras de energía cuenten con reservas identificadas en México, un incentivo atractivo para la inversión extranjera, como manifestara la Agencia de Información de Energía de los Estados Unidos. Derivado de estas reformas, en el presente artículo se analizará el momento en que los residentes en el extranjero constituyen un establecimiento permanente (EP) en México, cuando realicen en territorio nacional las actividades de extracción, refinación, enajenación, comercialización y transporte de hidrocarburos a que se refiere la Ley de Hidrocarburos. Asimismo, también se analizará el impacto fiscal de las personas físicas extranjeras que prestan servicios personales subordinados al establecimiento permanente que interviene en los proyectos de exploración, extracción, refinación, enajenación, comercialización y transporte de hidrocarburos.

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