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Novedades fiscales para personas físicas

En la última década el impacto de la tecnología y la modernidad ha llegado también en la forma de tributar, ha habido cambios desde la forma en que se presentan las declaraciones anuales con plataformas cada vez más fáciles de manipular, o declaraciones provisionales que ya contienen información precargada o, lo que es mejor aún, ya no hay que calcular nada, el mismo Servicio de Administración Tributaria (SAT) determina las diferencias o la presuntiva de ingresos con una propuesta de pago. La modernidad incluso ha permitido que el contribuyente no inunde las oficinas de la autoridad con trámites, facilitó la firma electrónica e.firma, los comprobantes fiscales se elaboran ahora con certificados personales y en plataformas muy sencillas; la misma contabilidad viaja por el ciberespacio para llegar cada mes a las computadoras de sistema hacendario, para que se pueda hacer una inspección de los resultados contables y compararlos con los fiscales. Todo esto ha sido necesario para mantener la recaudación de impuestos de manera oportuna o, visto de otro modo, para cumplir con las obligaciones fiscales inmediatamente. Por ello, en esta ocasión, más que elaborar una declaración anual con sus respectivos cálculos, haremos un recorrido de los principales cambios que han tenido las disposiciones fiscales aplicables para finales de 2016 y/o a partir de 2017, que impactan a las personas físicas, pues si bien se está en época de presentar declaración anual 2016, ahí prácticamente no podemos cambiar ya nada, es mejor tener en cuenta lo nuevo para revisar que se vaya cumpliendo con todos los requisitos o se pueda optar por las alternativas que propone la autoridad, ya que los plazos para elegir, en algunos casos, ya vencieron.

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