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El mismo día primero del año en que entró en vigor la reforma referente a la liberación del secreto fiscal para el caso de contribuyentes incumplidos, artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal un listado al que denomina: ''Relación de los contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales''. Sin embargo, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) estima que el SAT no puede ejercer esta nueva facultad de dar a conocer los nombres y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de los deudores si no lo hace con estricto apego y respeto a los derechos humanos y fundamentales de los gobernados, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y respecto de los cuales, el artículo primero de la misma mandata que todas las autoridades tienen la obligación de promover y respetar estos derechos.

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