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Estamos iniciando el año 2024, pero desde la reforma fiscal para 2022, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 12 de noviembre de 2021, se incorporó al Código Fiscal de la Federación (CFF) una “nueva obligación” en dicha materia para las personas morales, la cual entró en vigor el día 1 de enero de 2022. A partir de entonces las personas morales deben cumplir con esa “nueva obligación” fiscal, sin embargo, nos hemos percatado que a la fecha todavía existen muchos contribuyentes que no saben que tienen dicha obligación y, por ende, no la han cumplido, situación que los pone en graves riesgos. La obligación a que nos referimos es la de contar con un expediente completo de información de todos y cada uno de sus beneficiarios controladores, de cada una de esas personas morales, y para fundamentarla se agregaron al CFF tres artículos en los que esto se señala puntualmente:

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