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El pasado 1 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se reforma el diverso por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera”, el cual inició vigencia el mismo día de su publicación. Conforme a su artículo Único este decreto modifica al numeral 2, primer párrafo, del “Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera”, publicado en el DOF, el 29 de diciembre de 2022, así como a sus posteriores reformas en el referido medio de difusión oficial de fechas 31 de marzo, 30 de junio y 29 de septiembre, todas de 2023, para quedar como sigue: Artículo 2. Podrán obtener la regularización en territorio nacional, sin que se requiera certificado de origen, permiso previo de la Secretaría de Economía, intervención de agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o de cualquier otro intermediario, ni inscripción previa en el Padrón de Importadores, los vehículos usados cuyo Número de Identificación Vehicular corresponda al de fabricación o ensamble del vehículo en México, Estados Unidos de América o Canadá, así como los vehículos que su Número de Identificación Vehicular inicie con letra, siempre que se demuestre mediante el documento con el que acredite la propiedad, que el vehículo fue comercializado en Estados Unidos de América o Canadá; que se clasifiquen en las fracciones arancelarias que se señalan en el siguiente párrafo, que al 19 de octubre de 2021, se encontraban en el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Hidalgo, Jalisco, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, y que no hayan acreditado su legal estancia en el país para efectos de su regularización en territorio nacional. Cabe resaltar que en la propia publicación de este Decreto se encuentra contenido el formato correspondiente a la “Manifestación para aplicar los beneficios del presente ‘Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera’”, verificando la “Manifestación bajo protesta de decir verdad” para cumplir con el Decreto, junto con los documentos conducentes del vehículo para proceder a la regularización, siempre y cuando se cubran los demás requisitos señalados.

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