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20 años del esquema de flujo de efectivo en la LIVA: Jurisprudencias SCJN

En el año 2023 se cumplen 20 años de la reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), a través de la cual se incorporó el esquema denominado “flujo de efectivo”, mismo que ya se había implementado previamente para determinar dicho impuesto a través del Artículo Séptimo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para 2002 y que, según la Exposición de Motivos presentada por el Ejecutivo Federal, el 5 de noviembre de 2002, tiene como objetivo hacer el gravamen más neutral al llevar su pago al momento de la obtención del ingreso, eliminando con ello los costos financieros que enfrentaban los proveedores de la industria nacional y simplificando la mecánica de pago de dicha contribución. Adicionalmente, con la reforma fiscal para 2003 a la LIVA, se cambió la periodicidad del cálculo y pago del impuesto al valor agregado (IVA), pasando la obligación de presentar la “declaración anual del IVA” a “declaración mensual”, de forma tal que los pagos mensuales dejaron de ser provisionales para convertirse en definitivos y, a su vez, se eliminó el ajuste semestral a los pagos provisionales del IVA, facilitándose así el control del impuesto. A continuación, se presentan los aspectos que consideramos más relevantes de diversas jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en materia del IVA.

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