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Acreditamiento del ISR de dividendos

Hoy en día, uno de los aspectos más importantes para las empresas mexicanas, ya sea con inversión nacional de personas físicas, morales o residentes en el extranjero, es el retorno de su inversión, el cual se traduce en el pago de dividendos. Como en toda inversión, se espera que cualquier vehículo en el cual se invierta una cantidad de dinero, genere que se obtenga una ganancia, que es la diferencia entre lo invertido y lo obtenido. En México tenemos una serie de reglas a seguir para efectos de estar en posibilidad de repartir dividendos, tanto financieras como legales y fiscales. Hay diversas industrias en las que antes de hacer una inversión en el país, se hacen modelos financieros para prever qué tan rentable es el proyecto y si dejará el retorno esperado, incluyendo impuestos. Cabe mencionar que una creencia o mito en el mundo fiscal es que si no existe saldo de cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) no se pueden repartir dividendos, lo cual es incorrecto, ya que es posible, pero se deben seguir ciertas reglas. Lo anterior resulta importante para las empresas mexicanas para decidir si invierten en un proyecto a través de inyecciones de capital (aportaciones) o de deuda (préstamos), vehículo mediante el cual se obtiene el retorno de inversión por medio de intereses, mismos que deben ser sometidos a otras reglas en particular para su deducción, como: créditos respaldados, interés neto y capitalización delgada. A lo largo de este artículo, analizaremos el supuesto en el cual las empresas mexicanas no tienen CUFIN y a pesar de ello, realizan el pago de dividendos.

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