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El próximo 2 de mayo de 2023 vence el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual de 2022, ya que tanto el 30 de abril como el 1 de mayo son inhábiles y de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF), en su artículo 12, en estos supuestos, el cumplimiento de la obligación se recorre al siguiente día hábil. Al respecto, aquellas personas físicas que hayan tenido sólo ingresos exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo no se encontrarán obligadas a presentar esta declaración por el ejercicio de 2022. Derivado de lo anterior, en este artículo señalamos los aspectos más relevantes que se deben considerar para el correcto cumplimiento y llenado de dicha declaración anual.

Declaración anual de personas físicas 2022

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