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Las personas morales sin fines de lucro, conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), deben presentar, a más tardar el 15 de febrero, la declaración informativa del remanente distribuible por el ejercicio 2022, en la cual puede existir la causación de un impuesto por el remanente ficto o por la realización de actividades distintas al objeto por el que pertenecen a este Título de la LISR. Dentro de estas sociedades también se encuentran las “donatarias autorizadas”, que igualmente deberán calcular y presentar la declaración informativa para efectos fiscales, aunque para obtener su autorización a recibir donativos tuvieron que modificar sus estatutos sociales y establecer que no podrán repartir remanente alguno.

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