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Análisis de la fórmula para la siniestralidad en el seguro de riesgos de trabajo del Seguro Social

Como cada año, los patrones tienen la obligación de hacer la revisión de la siniestralidad de sus centros de trabajo, así es, de revisar qué tan probable es que nuestros colaboradores sufran algún accidente o contraigan alguna enfermedad de trabajo y, en consecuencia, ajustar los porcentajes con los que pagaremos la carga social. Recordemos que los montos que corresponden a este seguro corren totalmente a cargo del patrón y que éstos fluctúan de acuerdo a la frecuencia y gravedad de los riesgos de trabajo concluidos en el ejercicio anterior. Se tiene como plazo el mes de febrero para cumplir con esta obligación, que podríamos llamar una declaración informativa, o bien, un ejercicio de autodeterminación. En general, todos los patrones están obligados a llevar un control pormenorizado de los riesgos de trabajo de sus colaboradores, aunque la propia norma señala excepciones para presentar esta revisión para los pequeños patrones o los que tienen un comportamiento muy homogéneo en este sentido. Es importante que nos hagamos de elementos serios y suficientes para dimensionar las implicaciones de este proceso y para, en consecuencia, tomar las medidas correspondientes. No sólo estamos hablando de dinero. Estamos convencidos de que las personas trabajadoras no deberían enfermar por cumplir con su trabajo, mucho menos caer en algún grado de incapacidad y morir, al menos no por realizar las labores para las que fueron contratadas. Sin embargo, más allá de lo que consideremos como correcto o justo, tenemos obligaciones que podrían ser más del tipo fiscal, en donde debemos contar con cierta información y realizar algunos cálculos para que, como patrones responsables de la salud de nuestros colaboradores, nos coloquemos en los rangos para pagar el porcentaje sobre los salarios base de cotización (SBC) que corresponda a la peligrosidad de nuestro centro de trabajo.

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