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Editorial 798

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer, el 14 de noviembre de 2022, mediante publicación vespertina en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el ejercicio fiscal de 2023, por medio de la cual el gobierno federal obtendrá ingresos por 8 billones 299 mil 647 millones de pesos. Se estima que el crecimiento del país será del 3%; el tipo de cambio de $20.6 por dólar; el precio promedio de la mezcla mexicana de exportación de 68 dólares por barril, y la inflación del 3.2%. En comparación con la LIF del ejercicio fiscal 2022, se observa un incremento esperado en la recaudación de contribuciones al comercio exterior, pues para 2023 se proyecta de $98,341.9 (en millones de pesos). También la SHCP, publicó este 15 de noviembre, la Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2022 y sus anexos 1 y 1-A, en donde se destaca que las instituciones financieras que deban informar de los depósitos en efectivo de los cuentahabientes respecto al ejercicio de 2022 presentarán la declaración informativa concerniente por cada mes del ejercicio, a partir del 1 de diciembre de 2022 en el aplicativo que dio a conocer este Organismo el pasado 1 de noviembre. Además, quienes realicen pagos por sueldos y salarios y que estén obligados a emitir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) por éstos, podrán optar por emitirlos hasta el 31 de marzo de 2023 en su versión 3.3 con complemento de nómina en su versión 1.2. Asimismo, para el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), con la finalidad de que puedan cumplir con la obligación de contar con la e.firma y continuar disfrutando de los beneficios fiscales que ofrece este régimen, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgó la facilidad para obtener la e.firma hasta el 31 de marzo de 2023, sin que esto implique un incumplimiento a las disposiciones fiscales.

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