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El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), al cual México se unió en el año 2000, y el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales (Foro Global) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de la que México forma parte desde 1994, han impulsado diversas recomendaciones para la estandarización de la figura del beneficiario final, a efecto de que los paÃses miembros adopten medidas de control en su marco jurÃdico interno que permitan recolectar, mantener e intercambiar entre ellos, previa petición, información adecuada, actualizada, precisa y oportuna relacionada con dicha figura y sobre quién tiene la titularidad o el control de las entidades jurÃdicas. Estas acciones se han implementado con la finalidad de promover la cooperación entre paÃses para transparentar las operaciones que involucran flujos de ingresos y activos, de forma tal que se facilite el intercambio de información entre paÃses, previa petición, para la identificación de los beneficiarios efectivos (los verdaderos dueños de las empresas), y de esta manera combatir el lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo y la evasión fiscal, actos asociados a otras actividades ilÃcitas. En seguimiento con esta tesitura, el GAFI publicó el 16 de febrero de 2012 una nueva versión de sus 40 Recomendaciones, entre ellas, la 24 y la 25, con las cuales se plantean las medidas que, a juicio de dicho organismo, impiden el uso indebido de personas jurÃdicas para el lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, y en consecuencia, para que se garantice que exista información precisa y actualizada, respecto de los beneficiarios finales y el control de las personas jurÃdicas, disponible para las autoridades hacendarias.
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