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Editorial 781

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), por medio de su versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, señaló que para los efectos de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes obligados a expedir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y, para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos, podrán elegir emitirlos en su versión 1.0. Esto, conforme al Anexo 20, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.

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