Los especialistas opinan

Artículos relacionados

Editorial 757

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, bajo el principio de justicia tributaria, en la actual administración no se han realizado condonaciones de impuestos; por el contrario, se han fortalecido los esfuerzos para aumentar la recaudación, a pesar de la crisis sanitaria por la que atraviesa el país. Derivado de la reforma al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y del Decreto por el que se dejan sin efectos los Decretos y diversas disposiciones de carácter general emitidos en términos del artículo 39, fracción I del Código Fiscal de la Federación (CFF), por virtud de los cuales se condonaron deudas fiscales, se consolidó la prohibición de la condonación de impuestos. A fin de cumplir con la reforma impulsada por el Gobierno de México, en el SAT se trabaja bajo la convicción de acabar con las malas prácticas en torno a la evasión y elusión fiscal. El mismo SAT señaló que se han realizado constantes revisiones para identificar situaciones que pongan en riesgo las operaciones de los contribuyentes, en específico, en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), en el que se detectaron, entre otros, los siguientes comportamientos: a) empresas que contrataban a estos contribuyentes facturaban 1.99 millones de pesos (cuando el límite máximo de facturación de los RIF es de 2 millones de pesos) y dichos gastos la empresa los declaraba como deducibles; b) domicilios con número exterior S/N; c) contribuyentes con un promedio de edad superior a los 90 años de edad ubicados principalmente en los estados de San Luis Potosí, Ciudad de México, Guadalajara, Monterrey y Querétaro; d) personas morales que simularon la contratación de servicios de RIF relacionados con el alquiler de automóviles con chofer, transporte de pasajeros y obra pública, y éstos representan hasta el 90% de los gastos que declara la empresa; e) 421,676 contribuyentes que facturaron ingresos durante 2019 y no presentaron declaraciones bimestrales; f) contribuyentes del RIF reportados por la Secretaría de Salud y el Registro Nacional de Población (RENAPO) como fallecidos, y g) 3.1 millones de registros de contribuyentes que no contaban con ninguna actividad económica o fiscal; por lo que el SAT se dio a la tarea de realizar acciones como las siguientes: a) actualización de Contraseñas de accesos vía SAT ID; en caso contrario, cancelación de accesos hasta que éstos fueran generados por un medio seguro, ya sea usando SAT ID o firma electrónica; b) obligación a todos los contribuyentes del RIF, mediante un calendario programado, de activar su buzón tributario, y c) dar de baja del padrón del RIF a 33,851 registros de contribuyentes, declarados en 2020 por el RENAPO como fallecidos.

Declaración 2020 Personas morales

- Declaración anual 2020 Personas morales del régimen general

La declaración anual de las personas morales del régimen general tiene como fecha límite de presentación el miércoles 31 de marzo de 2021. El propósito de este artículo es mostrar los papeles de trabajo necesarios para los cierres financiero, fiscal y de ...

- No deducibles en el costo de ventas fiscal: Jurisprudencias SCJN

El costo de ventas es una de las deducciones más importantes en la determinación del impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio de las personas morales que tributan en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y, debido a que la informaci...

Ligas de Interés