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Un acuerdo es la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos, siendo el principal la obligatoriedad que se genera para las partes, de la cual surgen derechos y obligaciones. Se requiere, para su legal existencia, que el consentimiento de los otorgantes sea válido y su objeto cierto y determinado, además de no ser de imposible realización. Es curioso que la denominación dada al documento firmado recientemente por algunos representantes de los sectores empresarial y obrero, en compañía de los titulares de autoridades de la administración pública, respecto a la subcontratación, sea precisamente el de un “acuerdo”, cuando en éste existen, además de objetos imposibles, compromisos inciertos e indeterminados, sin dejar de lado los elementos que podrían considerarse incluso inválidos.

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