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Declaración anual de las personas morales 2014
En términos del artÃculo 76, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), las personas morales que tributan en el TÃtulo II de la LISR, tienen la obligación de presentar su declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR), dentro de los tres meses posteriores al cierre del ejercicio y en la misma declaración informar el monto de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) por repartir a los trabajadores. Para determinar el ISR anual y la PTU por distribuir, se deberá observar el procedimiento de cálculo contenido en el artÃculo 9 de la Ley del ISR y demás disposiciones fiscales vinculadas a la determinación de los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas. La elaboración y presentación de la declaración anual deberá efectuarse en el nuevo programa Documentos Electrónicos Múltiples (DEM), en lÃnea. El presente artÃculo tiene como objetivo ejemplificar la elaboración de la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio 2014 de una persona moral que realiza actividades empresariales, mediante el análisis fiscal y la determinación de los impuestos correspondientes y, en forma adicional, el llenado del DEM.
- Algunas consideraciones respecto a la declaración anual 2014
El 15 de diciembre de 2014 la SecretarÃa de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó...