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Con anterioridad a la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la reforma fiscal para 2014, en todos los medios masivos de comunicación y en los del propio Servicio de Administración Tributaria (SAT), se divulgó insistentemente la desaparición de los regÃmenes fiscales especiales, y en particular el Régimen Simplificado que, como es sabido, se referÃa al autotransporte terrestre de carga y pasajeros y al sector primario. La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) vigente hasta 2013 no se modificó sino que se abrogó y se decretó una nueva ley. En materia del Régimen Simplificado, en la nueva ley vigente a partir de 2014, esta denominación desapareció, quedando incluido el régimen aplicable al transporte terrestre y al sector primario de la siguiente forma: CapÃtulo VII. Los Coordinados y CapÃtulo VIII. Régimen de Actividades AgrÃcolas, Ganaderas, SilvÃcolas y Pesqueras, respectivamente.
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