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El pasado jueves 15 de enero de 2015 el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo SA3.HCT.101214/282.P.DIR dictado por el H. Consejo Técnico, en la sesión celebrada el 10 de diciembre del año pasado, por virtud del que se autorizó que tratándose de solicitudes de prórroga para el pago de parcialidades de créditos fiscales a favor del IMSS, se dispense el otorgamiento de la garantía del interés fiscal, por parte de los patrones y demás sujetos obligados. Lo anterior, resulta beneficioso para los casos en los que el Seguro Social requiera el pago de Cuotas Obrero Patronales o las Cuotas de Retiro Cesantía y Vejez, y no se cuente en ese momento con la liquidez necesaria para pagarlas, logrando la regularización de adeudos por créditos fiscales y evitando la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE).

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