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Unidad de Cuenta de la Ciudad de México

El Gobierno del Distrito Federal, como una primera fase de la ruta trazada para alcanzar el objetivo de impulsar la recuperación del salario mínimo de los trabajadores de la Ciudad de México y del país de manera responsable y sin afectar la economía, propuso la desvinculación del salario mínimo de las normas locales como base de referencia para la determinación de sanciones, multas administrativas, conceptos de pago y montos de referencia. De esta manera, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a iniciativa del Jefe de Gobierno, discute la creación de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México (UCCM) mediante la aprobación de una Ley del mismo nombre y que entrará en vigor a partir del primer día de enero de 2015. Se pretende que la Unidad de Cuenta sustituya las referencias al salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en todas las normas locales para la determinación de los conceptos señalados. Por lo que en el Artículo Tercero Transitorio de dicha Ley se establece que el valor inicial de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México sea el que se determine en la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, por lo que en esta Iniciativa se propone un valor de 69.95 pesos mexicanos para dicha Unidad, cuyo cálculo toma como valor base el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en 2014 y se le aplica el factor de actualización correspondiente a las cuotas y tarifas para 2015 (su cálculo se detalla más adelante).

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