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Editorial 696
Pocos dÃas faltan para que sea plenamente obligatorio el uso del comprobante fiscal digital por Internet (CFDI), comúnmente conocido como Complemento de Pagos, y más correctamente denominado Factura de Recepción de Pagos. La GuÃa de llenado respectiva no ha sufrido cambios, no obstante que en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) la información de Factura de Recepción de Pagos aparece con una modificación del pasado 27 de julio, pero ésta se refiere solamente a la puesta al dÃa del calendario de actualizaciones a la GuÃa de llenado, situada en: http://omawww.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/ Documents/Complementoscfdi/Guia_comple_pagos.pdf. Ya no hay vuelta de hoja, el 1 de septiembre próximo todos los contribuyentes deberán expedir conjuntamente con el CFDI principal, por asà decirlo, el CFDI complementario, en donde se haga constar la fecha y la forma en que fue cubierto el pago de la contraprestación. Demasiado técnico el manejo, muchas dudas aún para personal especializado en áreas contables, fiscales e informáticas, y no se diga entre el mismo personal del SAT. Es indudable que para la generalidad de empresarios micro y pequeños, asà como para la mayorÃa de las personas fÃsicas se avecina una gran carga administrativa que, sin dudarlo, generará numerosos errores. En torno a este tema se habló recientemente en Consultorio Fiscal Radio y Consultorio Fiscal Televisión, como se puede ver en lÃnea a través de las emisiones completas en http://www.radiopodcast.unam.mx/podcast/audio/15417 y https://www. youtube.com/watch?v=iWjHN8vfkYI, respectivamente.
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