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Editorial 696

Pocos días faltan para que sea plenamente obligatorio el uso del comprobante fiscal digital por Internet (CFDI), comúnmente conocido como Complemento de Pagos, y más correctamente denominado Factura de Recepción de Pagos. La Guía de llenado respectiva no ha sufrido cambios, no obstante que en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) la información de Factura de Recepción de Pagos aparece con una modificación del pasado 27 de julio, pero ésta se refiere solamente a la puesta al día del calendario de actualizaciones a la Guía de llenado, situada en: http://omawww.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/ Documents/Complementoscfdi/Guia_comple_pagos.pdf. Ya no hay vuelta de hoja, el 1 de septiembre próximo todos los contribuyentes deberán expedir conjuntamente con el CFDI principal, por así decirlo, el CFDI complementario, en donde se haga constar la fecha y la forma en que fue cubierto el pago de la contraprestación. Demasiado técnico el manejo, muchas dudas aún para personal especializado en áreas contables, fiscales e informáticas, y no se diga entre el mismo personal del SAT. Es indudable que para la generalidad de empresarios micro y pequeños, así como para la mayoría de las personas físicas se avecina una gran carga administrativa que, sin dudarlo, generará numerosos errores. En torno a este tema se habló recientemente en Consultorio Fiscal Radio y Consultorio Fiscal Televisión, como se puede ver en línea a través de las emisiones completas en http://www.radiopodcast.unam.mx/podcast/audio/15417 y https://www. youtube.com/watch?v=iWjHN8vfkYI, respectivamente.

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