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Préstamos y donativos no informados en la declaración anual generan discrepancia fiscal y se convierten en ingresos acumulables

La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) le permite al Servicio de Administración Tributaria (SAT) determinar impuestos a pagar cuando una persona física tiene erogaciones, incluyendo depósitos en cuentas o tarjetas de crédito, mayores a los ingresos declarados, considerando que tiene una discrepancia fiscal. Se tienen también en la declaración anual ingresos a informar por donativos, préstamos y premios recibidos en el ejercicio, cuando sumados excedan de 600 mil pesos al año que, aunque son ingresos exentos de impuestos, deben informarse, ya que de no incluirse se convierten en ingresos acumulables.

Reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles.

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